Un cambio de titular consiste en modificar el CIF/NIF/NIE/Pasaporte (si solo tienes Pasaporte, y has hecho la contratación después del 27 de mayo de 2024, tienes que acreditar oficialmente, con documentación española expedida por la Policía Nacional o la Oficina de Extranjería, que no tienes residencia en España), la razón social/nombre y apellidos que tiene la titularidad de un servicio Vodafone.
Para solicitarlo hay que cumplir dos requisitos: no tener ninguna deuda pendiente (por ambas partes) y que el sistema de pago sea la cuenta bancaria.
Esta gestión se puede realizar en una
tienda Vodafone (en este caso deben acudir juntos el antiguo y el nuevo titular y entregar presencialmente la documentación), o por teléfono en el 22123.
En el caso de elegir la vía telefónica:
- Si el motivo del cambio es por fallecimiento, separación, incapacidad o cambio a empresa, se debe enviar la documentación por correo electrónico a recarga-cambiotitular@vodafone.es indicando en el asunto “CAMBIO DE TITULAR” y en el cuerpo del correo el motivo del cambio.
- Si la solicitud es por una causa distinta a las anteriores, es necesario que ambas personas se encuentren juntas para realizar una grabación del cambio y aceptar el consentimiento a través de Firma Certificada, para que puedas recibir tu contrato firmado y certificado vía email y tenerlo disponible en Mi Vodafone a las 24 horas.
La documentación necesaria, que se debe entregar en la misma tienda (en caso de realizarlo presencialmente) o enviar por correo electrónico (si el cambio se solicita por teléfono), es distinta en función del motivo del cambio:
- Fallecimiento: Certificado de defunción y NIF/NIE/Pasaporte del nuevo titular.
- Separación: Copia de la sentencia de separación donde se refleje la adjudicación de la vivienda, la fecha de la misma y NIF/NIE/Pasaporte del nuevo titular.
- Discapacidad: Certificado de incapacidad/discapacidad del titular y NIF/NIE/Pasaporte del nuevo titular.
- Los clientes empresa o autónomos deben presentar el Contrato de servicios de comunicaciones móviles postpago empresas firmado por el nuevo titular y adicionalmente para empresa: fotocopia del CIF y parte de las escrituras de la empresa del nuevo titular donde aparezcan quienes son los administradores y DNI del autorizado. En caso de un autónomo: fotocopia de pagos a la Seguridad Social o pago a los colegios de profesiones liberales (abogados, psicólogos, etc.)
Ten en cuenta que:
- Este proceso de cambio de titular es diferente al de rectificación de datos personales, en el que se mantiene al mismo titular del contrato.
- El cambio de titular tiene un coste administrativo de 3 € (IVA incluido) por servicio, que se abona en la primera factura, salvo que la causa sea fallecimiento, que es gratuito.
- Si el actual titular del cambio tiene un dispositivo financiado, debe abonar en la última factura, y de un solo pago, las cuotas que queden pendientes.
- Si el actual titular tiene un compromiso de permanencia vigente en el momento de realizar el cambio, corre a su cargo salvo que el nuevo titular lo asuma. En caso de cambio de titular por defunción la penalización por el compromiso pendiente se anulará y no repercutirá en el nuevo titular.
- El cambio de titular no implica cambio de ciclo de facturación, pero modifica la forma de facturar: al actual titular se le emite una última factura con las cuotas y consumos realizados hasta la fecha del cambio. Al nuevo titular se le emite factura con las cuotas desde la fecha del cambio hasta el día del cierre de su ciclo de facturación.